Tránsito Aduanero Externo
El Tránsito Aduanero Externo es aquél que permite que cualquier operador logístico atraviese el territorio nacional para destinar las mercancías que transporta a un punto en el extranjero.
¿Qué es el Tránsito Aduanero Internacional?
El Tránsito Internacional de Mercancías es el que se lleva a cabo conforme alguno de los siguientes supuestos:
- Cuando la aduana de entrada envía a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.
- Cuando las mercancías nacionales o nacionalizadas se trasladen por territorio extranjero para su reingreso al territorio nacional.
Rutas y pagos del Tránsito Internacional
Con el fin de llevar un mejor control, la aduana de partida o la aduana de paso por frontera señalarán la ruta que debe seguir el transportista en cada operación de Tránsito Aduanero Internacional por el mapa nacional.
Por otro lado, cabe apuntar que el Régimen de Tránsito Internacional está exento de los pagos de impuestos al Comercio Exterior y otras contribuciones, ya que se trata de una modalidad provisional sólo usada para transitar las mercancías.
¿Qué mercancías no pueden circular?
Los productos por los que no procede el Tránsito Internacional por territorio mexicano son:
- Aquellos cuyo arancel sea superior al 35% y clasificadas en ciertas fracciones arancelarias.
- Llantas usadas y mercancías de las fracciones arancelarias relativas.
- Ropa usada de la fracción arancelaria 6309.00.01.
- Tratándose de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas previstas en el Acuerdo que codifica mercancías cuya importación está sujeta a regulación, sólo se permitirá cuando haya autorización.
- Tratándose de residuos peligrosos y mercancías que causan desequilibrios ecológicos y al ambiente previstos en el Acuerdo que codifica mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación de la Semarnat, sólo procederá si se cuenta con las guías ecológicas para su movilización.
- Armas, cartuchos, explosivos y otras mercancías sujetas a permiso de la Sedena.
- Otras mercancías prohibidas y clasificadas en sus respectivas fracciones arancelarias.
- Ciertos artículos eléctricos, electrónicos y electrodomésticos.
- Manteca y grasas, según ciertas fracciones arancelarias.
- Cerveza bajo la fracción arancelaria 2203.00.01.
- Cigarros la fracción arancelaria 2402.10.01, 2402.20.01 y 2402.90.99.
- Madera contrachapada según ciertas fracciones arancelarias.
- Pañales bajo la fracción arancelaria 9619.00.01.
- Ciertos textiles.
- Accesorios para la industria del vestido, maletas, zapatos y otros.
- Cierto tipo de calzado, herramientas, bicicletas y juguetes.