Abandono de mercancía
El Abandono de mercancía es la cesión de la propiedad de los bienes resguardados en un depósito aduanal de su dueño a las autoridades fiscales mexicanas.
¿Qué es el Abandono de mercancía?
Un Abandono de mercancía sucede cuando las mercancías almacenadas en el recinto aduanal se transfieren en favor del Fisco Federal por alguna de las causas asentadas en la Ley Aduanera. Estas razones pueden ser porque así lo determine la propietaria o el propietario, o bien debido a:
- Incumplimiento de los plazos máximos para almacenar la mercancía.
- Por un embargo causado por un procedimiento judicial o administrativo.
- Si no fueron retirados los artículos del recinto fiscal o recinto fiscalizado tras su venta o remate.
Cómo recuperar la mercancía abandonada
Quienes no expresen por escrito el otorgamiento de los bienes y deseen recuperarlos, pueden hacerlo solicitando la autorización de la autoridad fiscal antes de que un mes de haber recibido la notificación de vencimiento del plazo de resguardo. Los datos necesarios son:
- Aduana de circunscripción del recinto fiscal o fiscalizado.
- Fecha en que la mercancía causó abandono y copia de la notificación.
- Fracción Arancelaria de la mercancía.
- Descripción y cantidad de la mercancía acordes al documento de embarque, con copia de éste.
Plazos para retirar mercancía de la aduana
Los tiempos fijados para reclamar lo depositado en aduana son:
- 3 meses, en el caso de exportaciones.
- 3 días, cuando son mercancías explosivas, inflamables, contaminantes, radiactivas o corrosivas; también si son perecederas o de fácil descomposición y de animales vivos. En aduanas con instalaciones adecuadas para su conservación, hasta 45 días.
- 2 meses, en los demás casos.
Casos de interrupción del plazo
- Por recurso administrativo o una demanda en el juicio que proceda.
- Por consulta entre autoridades.
- Por el extravío de mercancías que se encuentren en depósito ante la aduana.